Reforma Tributaria: principales lineamientos
Se dio a conocer el proyecto oficial de la esperada reforma tributaria. El mismo se discutirá en el Congreso y entre sus principales lineamientos se destacan los siguientes:
Baja de alícuota en Impuesto a las Ganancias
La alícuota en Ganancias para las empresas bajaría de 35% (2017 y 2018) a 30% (para 2019 y 2020). Luego, desde 2021 en adelante, pasaría al 25%. Es importante tener en cuenta que el promedio de América Latina se ubica en un 27%.
La baja se compensaría con la aplicación de un impuesto del 10% a la distribución de dividendos. De esta manera, se buscaría premiar a las compañías que reinviertan sus utilidades.
Devolución de IVA por inversiones
Se devolvería el crédito fiscal de IVA a las empresas que hayan realizado inversiones y no la hayan recuperado en un lapso de seis meses. La medida tiende a reducir el costo financiero de los proyectos.
Reducción de contribuciones patronales
Se establecería un mínimo no imponible de $12.000 de salario bruto para las contribuciones patronales. Se implementaría de manera gradual en cinco años y se ajustaría por el índice de precios al consumidor. También se unificarían de manera gradual las alícuotas de contribuciones patronales para el sector privado (alícuota única de 19,5%) y se eliminaría el esquema de reducción de contribuciones por zona geográfica.
Impuesto al cheque
No se eliminaría pero se podría tomar lo abonado por impuesto al cheque a cuenta de Ganancias. Se implementaría un esquema gradual, por lo que el primer año se podría descontar hasta 20% y así sucesivamente hasta llegar al 100% a los cinco años.
Aportes a la seguridad social
Con respecto a los aportes personales a la seguridad social, se eliminaría gradualmente el límite máximo aplicable a la base imponible (actualmente de $82.000 mensuales).
Aumento de la deducción especial en Ganancias
Se duplicaría la deducción especial en el Impuesto a las Ganancias, que es un monto que se resta de los ingresos facturados antes de calcular cuánto debe pagarse de impuesto. Por lo tanto, el impuesto será menor.
Modificaciones al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo)
Se reducirían de 3 a 2 recategorizaciones por año.
Se eliminaría el requisito de empleados mínimos para las categorías más altas.
Se actualizaría el valor unitario de venta máximo permitido.
Había trascendido también que se iba a establecer una nueva limitante para permanecer en el régimen y como consecuencia de ella no iban a poder estar adheridos al Monotributo quienes tengan un patrimonio superior a tres veces el piso en el Impuesto a los Bienes Personales, pero por el momento esto esta descartado.
Venta de inmuebles (personas físicas)
Se eliminaría el Impuesto a la transferencia de inmuebles (ITI) de una alícuota hoy del 1,5%; y las personas físicas pasarían a tributar una alícuota del 15% de Impuesto a las ganancias, sin importar si hacen dicha actividad de manera habitual o no. Debe tenerse en cuenta que el vendedor tributará por la diferencia que obtenga entre el precio de venta y el precio de compra
La medida es aplicable a inmuebles adquiridos luego de la vigencia excepto herencias y queda exenta la venta de la casa habitación.
Renta financiera
Se eliminarían exenciones para personas físicas residentes en el país, por ej. plazos fijos, Lebacs y bonos. La alícuota cambia según se trate de pesos y rendimientos sin cláusula de ajuste (5%) o dólares o rendimientos con cláusula de ajuste (15%).
Es importante aclarar que los rendimientos del año por debajo de $52.000 no pagarán ninguna alícuota, por encima de ese valor, empiezan a pagar sobre el excedente. Y que además la venta de acciones en bolsa quedaría exenta del tributo, con algunas condiciones de oferta pública.
Impuestos internos
Los celulares, televisores, monitores y otros productos similares pasarían de tributar 17% de impuestos internos a 0%.
Los autos de gama media que van de $380.000 a $800.000 reducirían sus tributos de impuestos internos de 10% a 0.
Las motos de gama media de $70.000 a $140.000 pasarían también de 10% a 0.
Las aeronaves subirían de 10% a 20%.
Las embarcaciones de gama alta (más de $430.000) duplicarían sus tributos internos de 10% a 20%.
Las motos de alta gama (más de $140.000) también pasarían del 10% al 20%.
Whisky, coñac y otras bebidas blancas pasarían del 20% a una propuesta gradual que los llevará al 29%.
Las cervezas del 8 al 17%.
Los espumantes del 0% al 17% de manera gradual.
Los vinos y sidras de 0 a 10% también de manera gradual.
Las gaseosas en general y otras bebidas sin alcohol pasan de entre 4 y 8% a un 17% gradual las que tienen azúcar añadido. Cabe aclarar que las light o sin azúcar mantienen el 0%.
Los cigarrillos tendrán una tasa del 70%.
Nuevos hechos imponibles en IVA
Las empresas que proveen servicios en el país pero no están radicadas aquí comenzarán a pagar IVA y las tarjetas de crédito actuarían como agentes de percepción. Ejemplo de tales empresas son Netflix y Soptify.
Impuestos Provinciales
Se negociará con las Provincias la baja de los impuestos a los ingresos brutos y sellos. La idea es llevar la alícuota de ingresos brutos a la mitad de la actual, que en un promedio general se ubica en el 4%.
Impuesto a los combustibles
Se simplificaría su cálculo.