BIENES PERSONALES: NUEVO PAGO A CUENTA PARA TITULARES DE BIENES EN EL EXTERIOR
A través de la RG Nº 4673 la AFIP estableció un pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales correspondientes a los períodos 2019 y 2020, que deberá ser ingresado por los contribuyentes alcanzados por el impuesto que sean titulares de bienes en el exterior en los períodos 2018 y 2019 respectivamente.
El importe del pago a cuenta a ingresar se determinará sobre la base de los bienes en el exterior sujetos a impuesto en el período anterior, según la siguiente escala:

El monto del pago a cuenta para 2019 se podrá consultar en la web de AFIP a partir del 04/03/2020. El del 2020 surgirá a partir de la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2019. Ambos se ingresarán a través de un VEP en las siguientes fechas:
– Período fiscal 2019: a partir
del 04/03/2020 hasta el 01/04/2020.
– Período fiscal 2020: a partir del 01/02/2021 hasta el 05/04/2021.
Se podrá solicitar la eximición del presente pago a cuenta
cuando se hubiera ejercido la opción de repatriación de los activos financieros
o declaren que no son titulares de bienes sujetos a impuesto en el exterior al
31/12/2019 o al 31/12/2020.