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Novedades

ATER: INTIMACIONES POR VEHÍCULOS RADICADOS FUERA DE ENTRE RÍOS

¿Tenés un vehículo radicado fuera de la Provincia de Entre Ríos?

¡ATENCIÓN!

ATER está realizando intimaciones

¿Qué busca ATER?

Evitar que se radiquen vehículos fuera de Entre Ríos, como por ej. en Corrientes, cuando el único fin de ello es reducir el costo de la patente o impuesto automotor.

¿Cuándo considera ATER que debe radicarse un vehículo en Entre Ríos (ER)?

El art. 266 del Código Fiscal establece algunas presunciones, que son:  

  • Propietario con asiento principal de actividades en ER
  • Propietario con residencia habitual en ER
  • Cuando se cuente con documentación habilitante para circular extendida por ER o recibida en un domicilio en ER
  • Propietario titular de inmuebles u otros vehículos en ER
  • Propietario con empleados en relación de dependencia en ER
  • Cualquier otro elemento que permita a ATER inferir la guarda habitual en ER

¿Qué hacer si recibo una intimación de ATER?

Tengo 15 días hábiles para cambiar la radicación del vehículo y volverlo a ER, o bien para presentar un descargo los argumentos y documentación correspondiente.

¿Cuáles son las sanciones?

ATER podrá inscribir de oficio al vehículo en ER y cobrará el Impuesto a los automotores a partir de la fecha de inscripción.

También podrá aplicar una multa graduable de 1 a 10 veces el importe del Impuesto a los Automotores correspondiente al año en el que se procede a la inscripción.