FREELANCER: LEY PENAL CAMBIARIA
Un FREELANCER es un trabajador autónomo, es decir, es una persona que trabaja de manera independiente o realiza trabajos para alguna empresa sin cumplir un horario rutinario y lugar de oficina.
En Argentina son cada vez más freelancers que trabajan para empresas del exterior y cobran en dólares. Según nuestra legislación, si realizan tareas para una compañía extranjera, se la considera como una EXPORTACIÓN DE SERVICIOS, y tienen la obligación de liquidar las divisas al valor oficial dentro de los 5 días hábiles de percibidas.
Con el cepo al dólar estos incumplimientos tienen consecuencias dentro de la Ley Penal Cambiaria, además de las tributarias. Las multas previstas son las siguientes:
PRIMERA VEZ: multa de hasta 10 veces el monto de la operación
PRIMERA REINCIDENCIA: prisión de 1 a 4 años y multa de 3 a 10 veces la suma
Si la multa previa no hubiese sido superior a 3 veces, la pena privativa de libertad será de 1 mes a 4 años
Si el freelancer está en la nómina de la compañía extranjera o usa una VPN de la firma, no estará bajo la legislación nacional. Los tributos y la ley cambiaria son las de ese país.
Si reciben su pago con un criptoactivo, su liquidación debe transferirse dentro 5 DÍAS, ya se reciba en el país o en el exterior.
En resumen, aquellos freelancers que prestan servicios a sujetos NO residentes y cobran sus honorarios en moneda extranjera, se encuentran alcanzados por esta normativa. Caso contrario, configura un ilícito cambiario pasible de sanciones