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Novedades

Emergencia Económica: cadena de producción de cítricos

En el día de ayer se publicó en el boletín oficial el decreto del Poder Ejecutivo Nro. 604/2019 que da ciertas precisiones a la Ley Nro 27.507 de Emergencia económica, productiva, financiera y social en la cadena de producción de cítricos de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta.

La Ley fue publicada en el Boletín Oficial el 13/06/2019 estableciendo la emergencia económica por el término de 365 días.

Los beneficios básicamente son los siguientes:

  1. Prórroga de obligaciones impositivas y de seguridad social con vencimiento desde el 21-06-2019 hasta el fin de la emergencia.
  2. Régimen especial de regularización de deudas vencidas entre el 01-03-2018 y el 21-06-2019 con una tasa de interés del 1% mensual.
  3. Suspensión de embargos, ejecuciones, paralización de procesos judiciales en trámite, etc.
  4. Plan de facilidades de pago de períodos no prescriptos hasta 90 cuotas con una tasa de interés del 1% mensual.

Se establece como condición para gozar de los beneficios que la actividad desarrollada en la cadena de producción de cítricos en la o las jurisdicciones citadas constituya la actividad principal del contribuyente a la fecha de entrada en vigencia de la ley (13-06-2019). El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante certificado expedido por autoridad provincial competente y un informe de contador público.

Por último cabe destacar que si bien ya contamos con la ley del Poder Legislativo y el decreto del Poder Ejecutivo, debemos esperar la norma de AFIP que aclare todo esto y haga más específica la cuestión.