El próximo 31/03 vence el Formulario Nº 572 correspondiente al año 2020.
Este permite al trabajador informar los conceptos a deducir del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado (por ej. por compra de dólares) para que se las devuelvan, e informar otros ingresos en caso de pluriempleo.